Los dos decretos de necesidad y urgencia que dictó la presidente Cristina Fernández de Kirchner, para disponer de las reservas y para echar a Martín Redrado del BCRA, encubren un solo objetivo: eludir todos los controles institucionales y burlar la división de poderes. Redrado impondrá un amparo para defenderse de los atropellos del Ejecutivo.
De cara a un 2010 sin financiamiento, sin liquidez para continuar con el gasto que sostiene al matrimonio presidencial en el gobierno, y previendo el consecuente aún mayor desgaste de su ya debilitada imagen, la presidente no tiene más remedio que avasallar las instituciones.
El DNU 2010/09, que dispone el uso de las reservas, peca de un vicio que es insanable: más allá de que el Poder Ejecutivo no puede disponer de los fondos del BCRA para pagar la deuda, la presidente nunca pudo justificar cuál fue la urgencia en dictar un DNU, en lugar de convocar a sesiones extraordinarias.
La Constitución nacional dice que sólo puede dictarse un decreto de necesidad y urgencia cuando se dan ciertos requisitos: que no se pueda seguir el procedimiento ordinario de sanción de las leyes, algo que la mandataria pudo haber subsanado convocando a extraordinarias, y cuando existe urgencia. ¿Cuál era la urgencia, en diciembre último, para incautarse de 6500 millones de dólares del BCRA que sólo serán usados para afrontar vencimientos que se producen, principalmente, entre marzo y agosto, y para cuyo pago también se previó una partida similar en el presupuesto nacional?
Fallo judicial
El objetivo de ese DNU, dictado fuera del período de sesiones ordinarias del Congreso y sin convocar a extraordinarias, sólo tuvo un objetivo: esquivar al Poder Legislativo. Por eso, es de esperar que la jueza María José Sarmiento, en las próximas horas, suspenderá la aplicación de ese decreto, para dar tiempo a que funcionen los equilibrios que establece la Constitución.
El DNU 18/2010, que removió al titular del BCRA, pretende justificarse con un sofisma, un argumento circular: la ley que estableció la Carta Orgánica del BCRA establece que su presidente no obedece órdenes del Poder Ejecutivo, pero -dice Cristina de Kirchner- el DNU no es una orden, sino que tiene fuerza de ley y modifica esa Carta Orgánica. Por eso, sostiene la mandataria, Martín Redrado lo desobedeció y por eso fue destituido, alegándose su mala conducta.
Si un DNU, con fuerza de ley, pudiese reformar cualquier ley, se llegaría al absurdo de que, por ejemplo, un decreto de necesidad y urgencia puede reformar los mecanismos legales de acceso a la Corte o diluir los controles que prevé la ley de la Auditoría General de la Nación.
Límites a los DNU
Hay leyes que establecen procedimientos constitucionales que, por razón de la misma lógica constitucional, que requiere controles recíprocos y equilibrios de poderes, quedan necesariamente fuera del alcance de los DNU. Los constituyentes nunca prevén el absurdo y no anticiparon semejante intento de atropello. Esa es, precisamente, la situación del BCRA: la Constitución estableció que será regulado por una ley del Congreso, para dejarlo fuera del alcance del Poder Ejecutivo. En las próximas horas, Redrado presentará una acción de amparo y pedirá una medida cautelar.
Ambos decretos son distintos, pero ponen en riesgo la autonomía del Central, exponen las reservas y, en definitiva, importan un atropello a la división de poderes.
Blejer puso en duda su eventual asunción
A última hora de ayer parecía claro que la posibilidad de que Mario Blejer suceda a Martín Redrado en el Banco Central (BCRA) es más una expresión de deseos del Gobierno que una realidad.
Desde el entorno de Blejer dejaron trascender que el economista habría puesto como condición para aceptar el cargo que la administración interna del BCRA, a cargo de Miguel Angel Pesce, hiciera antes parte del trabajo sucio. En otras palabras, que llevara adelante la constitución del Fondo del Bicentenario, la medida que disparó la crisis en la relación de la Presidenta con Redrado.
Ayer trascendió que la presidenta Cristina Kirchner se reunió con el presidente de la Anses, Diego Bossio. Muchos en la City lo ubican en el podio entre los posibles candidatos a sucederlo a Redrado, de no aceptar Blejer el cargo. Con menos fuerza suenan también los nombres de Mercedes Marcó del Pont, Roberto Feletti, Sergio Chodos y Gabriela Ciganotto.
Urgente autoconvocatoria opositora
Acusando a la presidente de abuso de poder, la oposición impulsará una sesión de emergencia para el 20 del actual en la Cámara de Diputados. En ese ámbito, donde cuentan con una clara mayoría, los opositores se proponen rechazar los dos últimos y más polémicos decretos de necesidad y urgencia (DNU) del Gobierno.
Paralelamente, el vicepresidente y titular del Senado, Julio Cobos, evalúa adelantar para fines de este mes (posiblemente el 27 del actual) la sesión que había programado para el 3 de febrero con idéntico propósito. La decisión quedará supeditada a que la oposición en ese cuerpo logre garantizar la mayoría en el recinto, ya que allí, a diferencia de la Cámara baja, existe un virtual empate de fuerzas con el oficialismo.
En lo inmediato, el primer paso de la oposición será convocar para el miércoles próximo a la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo, a cargo de aprobar o de rechazar los DNU que dicta el Poder Ejecutivo. Así lo anticipó ayer el jefe de la UCR y presidente de la UCR, Ernesto Sanz. Sin embargo, difícilmente se resuelva allí el entuerto que generan los decretos: tanto el oficialismo como la oposición cuentan con igual cantidad de miembros (ocho cada uno), con lo cual la situación se resolverá, irremediablemente, en el recinto de ambas cámaras.
El análisis de los constitucionalistas
Con definiciones que van desde “dudoso judicialmente” hasta “esquizofrenia” y “atropello” legal, la mayoría de los especialistas en derecho constitucional cuestionaron la validez del decreto que desplaza a Martín Redrado de la presidencia del Banco Central.
La mayoría coincidió en que, por sus características, la norma que desplaza a Redrado es un decreto de necesidad y urgencia (DNU), y consideró que no había urgencia alguna, salvo el “capricho de los gobernantes”, según palabras del profesor de derecho constitucional de la UBA, Daniel Sabsay.
“El decreto es abiertamente inconstitucional porque no se dan las circunstancias excepcionales que impidan que se reúna el Congreso”, sostuvo Sabsay.
Para Alberto García Lema, conjuez de la Corte Suprema “correspondía haber convocado a sesiones extraordinarias en el Congreso” y el DNU “sería inconstitucional”.
Gregorio Badeni coincidió con él. “Si bien el presidente no está obligado a aceptar la opinión de la comisión bicameral especial, sí debe pedirla como requisito previo a la destitución”, sostuvo sobre lo que establece la Carta Orgánica del Banco Central.
A contramano de sus colegas, Eduardo Barcesat dijo que como la opinión del Congreso “era técnica y no vinculante, era correcto que la Presidenta ejecutara su decisión si ya la tenía tomada”. Sin embargo, expresó serias objeciones al DNU previo, que tomaba las reservas del Banco Central para pagar deuda.
Los especialistas también defendieron lo actuado por Redrado al negarse a implementar las instrucciones del Poder Ejecutivo.
“Es una locura, una esquizofrenia, porque lo quieren acusar por cumplir la ley”, opinó Sabsay. La abogada constitucionalista María Angélica Gelli agregó que por eso Redrado tendrá derecho a defenderse en tribunales, y podría presentar una medida cautelar o una acción de amparo contra su desplazamiento.
El más crítico de todos fue Félix Loñ, que lo calificó como “un atropello al Banco Central” y opinó que por ello “la Presidenta se expone al juicio político”.
Con información de La Nación